Tras tomar conocimiento de la “Guía de Procedimientos para la Atención de Pacientes que soliciten Prácticas de Aborto no Punibles” publicada por el Ministerio de Salud el 4 de Mayo como Resolución Nº 974, organizaciones que defienden los derechos de las mujeres apuntaron algunas observaciones a aspectos que pondrían en riesgo el acceso al derecho y colisionarían con el fallo de la Corte Suprema en la materia.
En primer lugar, cuestionaron las “restricciones al acceso de niñas y adolescentes al derecho a acceder a la práctica médica de Aborto No Punible” lo que ignoraría “el interés superior de las niñas y adolescentes garantizado por la Ley 26.061 (de Protección Integral de los Derechos del Niño) y la Convención de los Derechos del Niño”.
Por otro lado, se siembran dudas ante “la intervención innecesaria de equipos interdisciplinarios, con un texto confuso que no se corresponde con lo requerido por la Corte a tener en cuenta para asegurar condiciones médicas sanitarias rápida, accesible y segura”.
Se critica además “la falta de una regulación clara de la objeción de conciencia, contrariando el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que expresamente aclara en el punto 29 último párrafo ‘deberá exigirse que la objeción sea manifestada en el momento de la implementación del protocolo o al inicio de las actividades en el establecimiento de salud correspondiente”.
“Nada dice el texto del resguardo de la prueba necesaria para que en los casos de violación, existiendo denuncia previa o posterior a la realización del Aborto No Punible, esto permita identificar al violador”, se añade en el documento que firman, entre otras organizaciones, Conders, Mujeres Tramando, Todas con Cristina, Cladem y representantes de la academia vinculadas con el tema.
Finalmente, observan que “no se hace mención en el texto a la revocación por escrito del Consentimiento Informado en el caso que la mujer retire el pedido de Aborto No Punible. (Ley 26.529- Derechos del Paciente).

