Frente a los constantes incrementos de combustibles aplicados sin anticipación, un proyecto de la diputada Lorena Arrozogaray establece que las empresas proveedoras y las estaciones de servicio deberán comunicar cualquier suba con 72 horas de antelación y difundirla públicamente 48 horas antes de su aplicación.
La iniciativa busca otorgar previsibilidad a las familias entrerrianas y aplicar sanciones firmes a quienes incumplan estas obligaciones en Entre Ríos. El proyecto de la legisladora justicialista se enmarca en un debate que también se viene dando en otras jurisdicciones del país, donde se han impulsado propuestas orientadas a restablecer mecanismos de previsibilidad en los precios de los combustibles. La propuesta busca trasladar esa lógica al ámbito provincial, garantizando mayor transparencia, anticipación y control frente a incrementos sorpresivos.
El texto establece que todas las empresas proveedoras y estaciones de servicio deberán informar con 72 horas de anticipación cualquier modificación en los precios de los combustibles líquidos y gaseosos. La iniciativa surge como respuesta al nuevo escenario generado tras la derogación del régimen nacional que exigía informar en tiempo real los cambios de precios, una medida que dejó a consumidores y usuarios sin herramientas básicas para organizar sus gastos.
Además, la propuesta incorpora la obligación de que las estaciones de servicio exhiban cartelería visible e informen mediante sus canales digitales con al menos 48 horas de anticipación. Este mecanismo busca garantizar que la información sea clara, accesible y llegue a los usuarios antes de que los incrementos se apliquen efectivamente.
El proyecto contempla también un régimen sancionatorio expresado en litros de nafta súper, lo que permite actualizar automáticamente el valor de las multas frente al proceso inflacionario. Para las empresas abastecedoras, las sanciones irán del equivalente a 5.000 a 150.000 litros, pudiendo llegar a la suspensión de la habilitación comercial en caso de reincidencia. Para los expendedores, las multas oscilarán entre 100 y 500 litros.
Arrozogaray fundamentó la iniciativa en la necesidad de devolver previsibilidad a la ciudadanía frente a un insumo esencial cuya variación de precios impacta directamente en la movilidad, la producción y la economía cotidiana. En ese sentido, sostuvo que la derogación de la obligación de informar en tiempo real generó un vacío que “dejó a los usuarios sin herramientas básicas para anticipar gastos y planificar su consumo”.
El proyecto se apoya también en el derecho constitucional a recibir información adecuada y veraz (art. 42 de la Constitución Nacional), y apunta a corregir la asimetría informativa entre quienes fijan los precios y quienes dependen de ellos diariamente.
Puntos clave del proyecto
-Información previa a la Autoridad de Aplicación: comunicación obligatoria 72 horas antes de aplicar un aumento.
-Publicidad en estaciones de servicio: cartelería y difusión digital con 48 horas de anticipación.
-Régimen sancionatorio: multas actualizables por litro de nafta súper; sanciones severas en caso de reincidencia.
-Actualización automática: el uso de litros como unidad de cálculo evita el desfase por inflación.

