
Cerca del mediodía, cuando el Senado provincial aprobaba la adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Cristina Kirchner que implicaba destrabar la devolución del 15 por ciento de la coparticipación que la Nación le retiene entre otras provincias a Entre Ríos, la Corte Suprema de Justicia lo dejó sin efecto.
Los senadores habían presentado un proyecto propio y poco antes de comenzar la sesión ordinaria el Poder Ejecutivo envió uno de similar, por lo que se decidió unificar ambas iniciativas en orden a tener los mismos objetivos.
Enrique Tomás Cresto fue quien fundamentó la iniciativa y consideró que el decreto presidencial “es justo” y “pasará a la historia” por los beneficios que da a todo el sistema de administración. Mauricio Macri había dejado trascender que lo anularía, lo que finalmente hizo la Corte.
El máximo cuerpo judicial del país rechazó un pedido de Formosa para que se extienda en forma automática su reciente decisión en materia de fondos coparticipables, dejando sin efecto el DNU de la mandataria.
En el fallo, el Tribunal sostuvo que «el pedido de medida cautelar de Formosa no reúne los mínimos requisitos para que se pueda valorar cual fue la conducta que asumió específicamente esa provincia a partir de que el Estado Nacional decidió, en 2006, prorrogar la deducción del 15% de la masa coparticipable».
La Corte aclaró que “cada provincia tuvo diverso comportamiento frente a la prórroga unilateral que dispuso el Estado Nacional, por lo que es necesario analizar caso por caso”, y explicó que “no puede pretenderse que la Corte Suprema aplique en forma irreflexiva sus precedentes, ya que tiene el deber en cada caso de examinar si la norma impugnada es o no inválida”.