A partir del último 1 de noviembre se empezó a transitar el cuarto año en que la ciudadanía entrerriana se rige por una nueva Constitución. Ese mismo día, pero del próximo período se cumplirá el límite que los convencionales constituyentes le pusieron a la Legislatura para reglamentar institutos y derechos establecidos en la nueva Carta Magna. El 2 de noviembre “cualquier ciudadano podrá, mediante acción judicial, reclamar la materialización de su derecho no reglamentado”, marcó la ex constituyente Flavia Pasqualini, una de las consultadas por EL DIARIO para analizar qué se hizo y qué falta hacer.
“Habría que preguntarse como hipótesis, si resulta necesario para la operatividad de los derechos y garantías de la Constitución reformada, que existan reglamentaciones. La condicionalidad de la reglamentación es un argumento para negar la vigencia actual y efectiva del derecho que se pretende hacer valer”, polemiza quien fuera convencional por el partido Viva Entre Ríos, un sector del peronismo que se desprendió del PJ en ese momento cuando Jorge Busti y Sergio Urribarri se encontraban en el mismo espacio.
Procedimientos
Pasqualini, sin embargo, sí ve necesario la reglamentación o “adecuación” de la Ley de Procedimientos Constitucionales “a las actuales previsiones” como “la inclusión en nuestro derecho público local de la inconstitucionalidad por defensa o por acción, a pedido de parte o de oficio”. Miguel Carlín coincidió en que este es un tema indispensable y “urgente” para resolver. “No es nada más ni nada menos que la ley por la que se regula el habeas corpus, el amparo y el control de constitucionalidad”, asestó quien fuera el presidente del bloque oficialista.
Américo Schvartzman, quizás porque no es abogado sino docente e historiador, prefirió poner la lupa en otros aspectos. El reclamo a la Legislatura, en este caso a la que viene, es la falta de tratamiento de los derechos incorporados como el de la vivienda, pero ante todo la creación del Consejo Económico y Social, el ente ambiental y los mecanismos de democracia directa. Se quejó que ante una de las constituciones “más progresistas del país”, a 36 meses de su sanción “siga siendo –en su mayoría– letra muerta”.
El socialista aprovechó para cuestionar “aquellas iniciativas de enorme trascendencia social” que “fueron incorporadas como declaraciones de principios y que quedarán sólo como buenas intenciones: el ambiente, el ingreso mínimo, la participación de trabajadores y usuarios en las empresas y estructuras del Estado, la igualdad de género, el acceso al agua y a la información como derechos humanos”.
Comunas
La Ley de Comunas es otra de las reformas que incorporó la Constitución y que requiere de una reglamentación. El proyecto fue aprobado en la Cámara de Diputados, pero quedó frenado en el Senado. “En buena hora que no se haya avanzado en lo que se aprobó, porque ese proyecto repite los mismos vicios que la ley actual. No le da la cuota de autonomía a las comunas, que son aquellas poblaciones de menos de 1.500 personas”, opinó Carlín.
El radical Jorge Monge, que asumirá como diputado provincial, también ve este tema como fundamental. Sobre todo a lo que refiere a la creación de entes supramunicipales. “Los municipios y comunas, con esta figura, tienen un excelente instrumento con abolengo constitucional para avanzar en mayores y mejores grados de desarrollo e integración”, dijo el ex constituyente. Y agregó: “La cooperación intermunicipal se presenta como una herramienta trascendente para el fortalecimiento de los gobiernos locales y en el caso de las pequeñas localidades, les permitirá salvar los problemas de escala”.
Para el diamantino “hay varias cuestiones trascendentes, entre ellas, casi todos los órganos de control, el Consejo Económico y Social, instituciones participativas y algunos derechos importantes, que no se han reglamentado”.
Con este escenario, esta deuda y esta responsabilidad, se encontrará la Legislatura que asuma el 10 de diciembre.
Recta final
En la edición del 1 de noviembre, El Diario dio cuenta de los institutos que faltaban reglamentar con la nueva Constitución. Entre ellos aparecen la Fiscalía de Estado, el Jurado de Enjuiciamiento y Juicio Político, entre otros. Sólo contando los organismos, no los derechos instituidos.
La Carta Magna, en su redacción dispuso dos cláusulas transitorias en las que fija plazos para su reglamentación.
-Artículo 281º: a tres años de la reforma, se encuentra vigente la facultad del Poder Ejecutivo de reglamentar por decreto.
-Artículos 62º y 280º: una vez que se cumpla el cuarto año cualquier ciudadano puede, a través de una acción judicial reclamar la materialización de su derecho no reglamentado.
Partidos políticos
Jorge Monge también apuntó como uno de los temas a abordar cuanto antes es el artículo 29º de la Carta Magna que constitucionaliza en la provincia a los partidos políticos. El dirigente recuerda que el mismo fue sancionado por unanimidad en base a un proyecto del radicalismo. “Debe reglamentarse –indicó-, sobre todo en las disposiciones de su último párrafo para garantizar la libre e igualitaria difusión de las propuestas electorales a través de los medios de comunicación”, dijo. Y precisó: “La última oración del artículo prescribe que el gobierno, durante las campañas electorales, no podrá realizar propaganda institucional que tienda a inducir el voto”.