Fue la primera iniciativa que se conoció en el nuevo período legislativo. Quizás sea sintomático, o una foto de la época. Los diputados del Frente Renovador, Gustavo Zavallo y Daniel Koch, presentaron el miércoles pasado un proyecto de ley de Ética Pública. Una legislación de estas características establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables a todos aquellos que se desempeñen en la función pública sin discriminación de niveles y jerarquías y en forma permanente o transitoria.
Entre Ríos no tiene en este punto legislación y es una deuda que lleva más de una década. Iniciativas de este tipo perdieron estado parlamentario sin el más mínimo interés por tratarlo.
Con la crisis de 2001 y el descreimiento en la dirigencia política, tras una década de escándalos por casos de corrupción generados en el seno del Estado, quién se iba a ser cargo del Ejecutivo debía pronunciarse a favor de una norma de estas características. Jorge Busti lo hizo cuando asumió su tercera gobernación en 2003. Se comprometió a sancionar una ley de Ética Pública. En rigor era un Código de Ética Pública en el marco de una norma que creó la Oficina Anticorrupción (OA) que operaba en el seno del Poder Ejecutivo, concretamente en la Fiscalía de Estado.
Hubo proyectos legislativos que fueron discutidos por varios sectores de la comunidad. El Poder Judicial sugirió algunas cuestiones respecto a los requisitos, por ejemplo, de cómo tenían que ser las declaraciones juradas de cada uno de los funcionarios. También se realizaron jornadas en la que participaron periodistas.
La Oficina Anticorrupción creada por Busti fue el certificado de defunción de la Fiscalía a cargo de Oscar Rovira y promovida en el gobierno de su antecesor Sergio Montiel. En la administración radical se impulsaron investigaciones que terminaron con funcionarios peronistas y radicales condenados, otros aún transitan por Tribunales. Algunos casos: los ex senadores peronistas Mario Yedro y Abelardo Pacayut; el radical Roberto Valente; el ex funcionario bustista, Oscar Mori; y el ex vicegobernador justicialista Héctor Alanis.
Nada
El gobierno de Busti finalizó su gestión sin el código y con la OA encargándose de casos menores a tal punto que el organismo terminó diluyéndose con el tiempo. En la actualidad no hay Oficina Anticorrupción y los expedientes que tramitaban allí pasaron al área de sumarios. Durante la primera gestión de Sergio Urribarri también hubo promesas. Las cuestiones sobre la “ética pública” y los delitos de corrupción en el seno del Estado formarían parte de la agenda de la Convención Constituyente de 2008. Era un tema de fondo que merecía un amplio debate. Es lo que se dijo y no se hizo.
Sin embargo, la Constitución reformada aquel año incorporó la creación de la Fiscalía Anticorrupción. La cuestión conceptual del proyecto era la siguiente: para investigar a los funcionarios, el organismo no debía depender del Ejecutivo o la Legislatura, como había ocurrido con la FIA o la OA, sino del Ministerio Público Fiscal. Es decir que sea el Poder Judicial quien impulse la acción penal y la Fiscalía de Estado la civil. ¿Qué ocurrió entonces? Nada.
La estructura en el seno del Ministerio Público Fiscal ha ido creciendo. Se sumaron áreas que abordar, por ejemplo, la violencia de género, pero ninguna contempla la deuda pendiente desde 2008.
Mandato
La Convención Constituyente plasmó en la nueva Carta Magna entrerriana la creación de la Fiscalía Anticorrupción. La idea, promovida por el entonces convencional por el oficialismo Julio Federik pretendía que sea el Poder Judicial quien investigue la corrupción en el Estado a través de un órgano especializado. Ese interés tuvo repercusión en sus pares oficialistas y de la oposición.
El artículo 208 de la Constitución establece que la Procuración General a cargo de Jorge García, designará un fiscal con competencia en toda la provincia que tendrá a su cargo la investigación y acusación de los hechos de corrupción y otros delitos contra la administración pública.
Ese funcionario deberá designarse con intervención del Consejo de la Magistratura. El Ministerio Público Fiscal “asegurará los medios, el apoyo tecnológico, la continuidad y estabilidad para el cumplimiento de su cometido”, según reza la Constitución.

