El 5 de septiembre entrará en vigencia el nuevo Régimen Penal Juvenil, previsto en la Ley Nº 27.801, que bajó la edad de imputabilidad a los 14 años en el territorio nacional.
En este marco, el defensor General de la provincia, Maximiliano Benítez, dio instrucciones para la intervención del Ministerio Público de la Defensa en la jurisdicción de Entre Ríos.
A través de la Resolución 68, se enmarca la tarea de los defensores en la legislación iberoamericana sobre Justicia Penal Juvenil Restaurativa. En la disposición, se insta a tener en consideración las “Reglas Comunes Iberoamericanas sobre Justicia Penal Juvenil Restaurativa” y se recomienda “su aplicación efectiva, en el marco de las disposiciones de la Convención de los Derechos del Niño”.
Benítez tuvo en consideración que en cuestiones relacionadas con la justicia penal juvenil, además del derecho vigente local, nacional y convencional, “se tienen presentes normas y acuerdos internacionales, opiniones consultivas y observaciones generales vertidas por organismos internacionales, así como sentencias de tribunales internacionales, que configuran el Corpus Iuris internacional en la materia”.
En ese sentido, mencionó que las redes de justicia y actores iberoamericanos conformados por la Cumbre Judicial Iberoamericana (CJI), la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (Aidef), la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (Aiamp), la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países iberoamericanos (Comjib) y el Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (Ilanud) han aprobado las Reglas Comunes Iberoamericanas sobre Justicia Penal Juvenil, el 11 de abril de 2022.
Las “Reglas…” establecen lineamientos comunes que operan como guías para la elaboración de políticas públicas de responsabilidad juvenil en los distintos países, entre las cuales se encuentran
- mecanismos sustitutivos y complementarios a la judicialización,
- el uso de medidas alternativas para que la privación de libertad sea el último recurso
- la atención de los derechos y las necesidades de los niños, niñas y adolescentes, de las víctimas y de la comunidad.
La finalidad es “garantizar el efectivo acceso a la justicia teniendo como marco general el modelo de justicia restaurativa”.
Se apunta, con estas normas a lograr “una resignificación de las situaciones, pensar en la responsabilización y la manera de reparar daños, y gestionar condiciones para proyectos de vida superadores que promuevan el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes”.
Fuente: Página Política


