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Con voto de Carbonell ganó Bahl

En un fallo ajustado, se impuso el criterio favorable a la Municipalidad de Paraná en una definición que resolvió el voto del presidente del STJ. Los abogados de los trabajadores plantearon dudas y aseguran que una vocal cambió su criterio. Los problemas de la ley.

Este jueves por la tarde, mientras un grupo de abogados acordaba un comunicado conjunto haciendo saber su malestar por lo que había trascendido en torno a un supuesto cambio de voto de una vocal, el presidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvía un tema trascendental sobre la estabilidad laboral.

Martín Carbonell definió en una ajustada deliberación que terminó 5 a 4 en favor de la administración de Adán Bahl, que había despedido trabajadores nombrados en la gestión anterior, aunque luego muchos fueron reincorporados vía contrato. Si correspondía o no mantener el cargo fue el tema que atravesó todos estos meses el debate ante la interposición de amparos.

Uno de los legajos, en rigor el de María Eloísa Warner, llegó al plenario del STJ ante sentencias contradictorias sobre el asunto. El cuadro de situación, según registró Página Judicial, era el siguiente: en favor de los peticionantes lo harían Bernardo Salduna, Emilio Castrillón, Miguel Ángel Giorgio y Daniel Carubia. El planteo de la Municipalidad era apoyado por Germán Carlomagno, Juan Ramón Smaldone, Claudia Mizawak y Susana Medina. No obstante, lo noticiable también se había posado en la sospecha sobre el cambio de criterio de Medina, quien se inclinaría en favor de la posición de la gestión municipal cuando con anterioridad lo había expresado contrariamente.

Los abogados de los trabajadores -Luciano Rotman, Aranzazú Quiroga, Ruben Sieber, Ramiro Menis, Carlos María Fenés, Daiana Moretti, Juan Manuel Britos, Diego Beber, Leopoldo Cappa, Raúl Muñoz y Ramiro Pereira-, señalaron en un comunicado “la angustia y preocupación de sus representados al conocerse los dichos periodísticos que dan cuenta que una vocal con criterio favorable a sus derechos, cambiaría su voto en el fallo plenario, con lo cual los trabajadores perderían su empleo en el difícil contexto de la pandemia”.

Y pusieron el dedo en la llaga: “La doctora Medina -vocal de la sala laboral- según la sentencia sin publicar, se expidió a favor de los trabajadores en otra sentencia sin publicar (Caraballo)”. Éste último fallo no se publicó, lo que protege a la vocal de exponer públicamente los cambios de criterio, aunque se conozcan.

Los letrados hicieron saber además “que las sentencias contradictorias emanadas del máximo organismo judicial, y las versiones en uno y otro sentido, pueden generar fundadas sospechas sobre la transparencia de los procedimientos”.

Sobre el final de la jornada, según supo Página Judicial Carbonell le dio la derecha al gobierno municipal de Paraná al entender que la estabilidad de los peticionantes no estaba garantizada y no se afecta ningún derecho porque los cargos que no fueron reconocidos por el gobierno de Bahl no se habían concursado.

El proceso traerá cola. En primer lugar porque los peticionantes anunciaron que en algunos casos recurrirán a la Corte Suprema de Justicia.

Por otro lado, la reciente reforma a la ley de procedimientos constitucionales abre el debate sobre su eficiencia en materia de amparos. Este recurso – según la última reformulación – los debe resolver un cuerpo de cinco vocales que son sorteados entre los nueve. Esto cambió los criterios que se habían aplicado con anterioridad. Lo supo resolver la Sala Penal o el pleno según las conveniencias del Poder Ejecutivo. El año pasado se optó por esta fórmula intermedia del sorteo. Este litigio entre la Municipalidad y los peticionantes dejó en evidencia un problema: una serie de amparos sobre el mismo tema obliga a realizar varios sorteos y conocer de antemano la posición del vocal al salir sorteado más de una vez. De hecho, en este caso, se tuvo que recurrir al pleno de los nueve vocales, para que la suerte de los peticionantes no se conozca con el simple devenir de un bolillero.

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