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La emergencia, del lado del “ahorro” en sueldos del Estado

El artículo 10 de la norma pone en suspenso otro mecanismo de suba salarial distinto al que se fije en paritarias con estatales y docentes. Un repaso por los convenios puestos en el freezer. Una cincha a la negociación salarial.
Luz Alcain
Por: Luz Alcain
@luzalcain

La oposición ha impugnado a la denominada Emergencia Solidaria. Afirman que sólo supone “manotear” el bolsillo de estatales y jubilados y recurrir al sector privado con nuevos impuestos.

Sin embargo, también contempla el ajuste que se reclama, en sueldos que paga el Estado. Es difícil ponerle números al artículo 10 de la Emergencia que suspende todo dispositivo de actualización de haberes distinto al de las paritarias.

El artículo en cuestión supone, de un lado, suspender toda negociación en mesa en la que no se siente el Estado como patronal; del otro, el gobierno recupera el control de cuándo, dónde y cómo fija aumentos salariales en paritarias con estatales y docentes.

Por cierto, los gremios están afirmando que es urgente la instancia de paritarias pero en Casa Gris miran para otro lado y murmuran que “es impensable” su convocatoria en el contexto actual.

De hecho, finalizaba el 2019 y la preocupación oficial era que no iba a ser posible pagar un 4% de incremento de salarios. Surgía de la aplicación de la cláusula gatillo que implicaba subas según índice de inflación. Fue la primera vez que se pensó en una norma que se pareciera a una “miniemergencia”, suspendiendo el pago de ese porcentaje. Hubo un borrador de proyecto pero finalmente no hizo falta y se canceló lo adeudado.

Ya con la pandemia en plena manifestación, las cosas se complicaron. Y la emergencia, en su artículo 10, le pone la cincha a cualquier suba salarial en el Estado.

Salarios fijados en otro lado

La suspensión de estos “dispositivos de actualización de haberes” que quedan suspendidos tiene peso específico en el caso de la determinación de salarios en la Justicia.

Desde diciembre de 2011 –entre una gestión y otra de Sergio Urribarri– rige en Entre Ríos el “enganche” de los salarios de judiciales, funcionarios y magistrados del Poder Judicial de la provincia con lo que fija la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La última actualización salarial del alto tribunal fue en diciembre de 2019 fijando el básico del ministro de la Corte en 341.709 pesos.

En términos porcentuales, mientras los estatales y docentes entrerrianos tuvieron en 2019 un aumento del 57,2%, la Justicia tuvo una suba de sueldos del 69%.

En otras áreas, también se fijan salarios según convenios en los que no se sienta el Estado. Es el caso de los trabajadores de Sidecreer que se rigen por el convenio 130/75 del Sindicato de Empleados de Comercio; los empleados del Instituto del Seguro que se fijan según la negociación del Sindicato del Seguro de la República Argentina; y los agentes de Enersa que están comprendidos en el convenio del Sindicato de Luz y Fuerza.

Por otro lado, los trabajadores de Vialidad tienen su instancia de negociación con el gobierno, que suele guiarse por lo que, previamente, se convino con estatales y docentes. Sin embargo, al tener un convenio distinto el impacto del incremento es diferente en los salarios viales.

En veremos

En el caso de los mercantiles y los trabajadores de Luz y Fuerza, ya hay previsiones de incremento salariales convenidos por los sindicatos. Pero todo eso ha quedado en veremos. En Enersa, en efecto, quedó frenado ya el pago de un incremento de un 5%.

En Casa de Gobierno no sacan cuentas. Pero abren el paraguas. Estiman que “una diferencia de 12 puntos como la del año pasado” entre los incrementos en la Justicia y los estatales y docentes, “echaría por tierra el esfuerzo solidario que hacen los activos y pasivos con mayores aportes a la Caja”, expresó un funcionario con la tonada del argumento oficial.

Ahora, y mientras dure la emergencia, todo queda por definir en la mesa de estatales y docentes con el gobierno. Cuándo serán convocadas las paritarias, eso ya es otro cantar.

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