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El STJ rechazó la queja y Urribarri quedó al borde de la prisión

Como adelantó Página Política, la mayoría la representaron los vocales Giorgio y Schumacher. Carlomagno, en tanto, hizo lugar al planteo del exgobernador. El fallo.
Por: Redacción de Página Política

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó por inadmisibles el recurso de queja interpuesto por los defensores del ex gobernador Sergio Urribarri, condenado por delitos de corrupción.

La decisión, que había sido anticipada por Página Política, deja firma la condena de ocho años de prisión que había recibido el ex mandatario y abre la puerta para ejecutar la sentencia. De todas maneras, los defensores pueden interponer un recurso extraordinario federal ante la misma Sala Penal.

El fallo está firmado por Miguel Ángel Giorgio y Gisela Schumacher, quienes señalaron que el planteo de los defensores del ex mandatario carece de la fundamentación necesaria para habilitar la queja, “ya que no contiene ninguna crítica concreta a los argumentos en que se apoya el pronunciamiento que rechaza la impugnación extraordinaria, sino que insiste genéricamente atribuyendo al fallo de grado supuestas violaciones de garantías constitucionales sin precisar, al menos mínimamente, en qué considerando concreto del fallo atacado se revelan estos agravios”.

En minoría quedó el voto de Germán Carlomagno, que propiciaba la apertura de la instancia de revisión del fallo.

Urribarri fue condenado por delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y defraudación a la administración pública. Específicamente por haber desarrollado un plan que consistió en un desvío millonario de fondos públicos para promocionar una fallida candidatura presidencial que se dio en llamar el sueño entrerriano.

En el mismo fallo se declaró igualmente culpables al ex ministro Pedro Báez; Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri; el ex funcionario Gustavo Tamay; Corina Cargnel, Luciana Almada, Emiliano Giacopuzzi, German Buffa y Gerardo Caruso.

La sentencia fue confirmada por la Cámara de Casación Penal, que a su vez rechazó la vía para que su resolución fuera analizada por la Sala Penal. Giorgio sostuvo que esa decisión “no contiene vicio alguno” y agregó que el recurso de queja interpuesto por los defensores expresa “el mero disentimiento con la decisión adoptada”.

 

El fallo.

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Fuente: Página Política
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