
El dirigente de la agrupación Luche y Vuelve, Tomás Luján, presentó otra demanda judicial contra la excandidata a gobernadora, Tania Acebal.
Quien fuera presidente del partido Frente Grande, y funcionario en distintos gobiernos del peronismo, señala la “Apología del Delito” que estaría presente en el escrito en redes sociales que formuló la mujer, militante del pañuelo celeste.
En el texto presentado en Tribunales, se apunta “al art. 213 Código Penal que dice: ‘será reprimido con prisión de un mes a un año, el que hiciere públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por delito”.
Tras citar textualmente los post de Acebal, incluido un cruce con el diputado nacional Juan Manuel Huss, “en horario de trabajo”. Allí publica: “Calcula que no ha asumido Fernández y ya largan como candidato a Máximo. Droga delincuencia corrupción. Please un golpe de estado por acá señores”.
Acto seguido, el 13 de noviembre vuelve a postear en su muro de Facebook: “Disculpen si a muchos les molesta lo que pienso pero si para el 2023 ya largaron como candidato a presidente a Máximo Kirchner me encantaría un fatal golpe de estado para nuestro país. He dicho!!! Y si hay un k herido por mis palabras, que se acostumbre o me blokee”.
Para Luján, “este tipo de conducta está refiriéndose a un delito efectivamente cometido en nuestro país, con personas identificadas como autores y condenados por la Justicia Federal. Los agravantes que requieren una necesaria intervención del Ministerio Público Fiscal, para reestablecer y mantener la vigencia de la norma, es justamente el rol de Tania Acebal, ex candidata a gobernadora de la provincia de Entre Ríos en este 2019, acompañando la fórmula presidencial del Consenso Federal Lavagna Presidente y Urtubey vicepresidente”.
En rigor, Acebal no volvió a sumarse al Partido SER después de las elecciones provinciales. En cambio, expresó su apoyo al intendente Sergio Varisco y a la candidatura de Mauricio Macri por la reelección.
Se hace notar en la denuncia que “es empleada judicial de la provincia de Entre Ríos, órgano por excelencia de la defensa del estado de derecho”.
Se enmarcan los hechos, además, “en este contexto latinoamericano, en el que está tratándose de justificar y racionalizar los golpes de estado, es necesario defender la vigencia de las instituciones y los procesos democráticos, como medio de expresión de la soberanía popular. La CSJN ya ha señalado que el reconocimiento a la libertad de expresión ni impide que el Estado reprima o castigue publicaciones que hacen apología del crimen (Fallos 167:121, 138; 321:2250), en sintonía con lo dispuesto en el artículo 13.2 de la CADH que permite restricciones a la libertad de expresión a través de responsabilidades ulteriores establecidas en la ley, que resulten necesarias para asegurar el orden público”.