Hace 10 días, Rogelio Frgierio anunció en la jornada anual de la Unión Industrial de Entre Ríos (UIER) una reforma al Código Procesal Laboral.
El Gobernador envió formalmente a la Legislatura el proyecto de ley que busca introducir cambios en la Justicia laboral con foco en el sistema de peritajes y en las condiciones impuestas a las empresas para apelar un fallo.
Uno de los puntos centrales que busca modificarse actualmente establece que los honorarios de los peritos auxiliares de la justicia “no estarán vinculados a la cuantía económica del juicio (monto reclamado, monto de condena, al acuerdo transaccional, ni al porcentaje de incapacidad que pudiere determinarse)”.
En su reemplazo, se propone que las regulaciones “serán reguladas prudencialmente por el juez teniendo en cuenta exclusivamente la naturaleza, complejidad, extensión, calidad, utilidad, celeridad y eficacia de la labor técnica realizada”, imponiendo un límite máximo de ocho juristas y determinando que “en ningún caso podrán ser reclamados a quien no hubiere sido condenado al pago de las costas”.
En lo referido a juicios por enfermedades y accidentes de trabajo (Leyes 24.557, 26.773 y 27.348), el articulado dispone la creación de “tres (3) cargos de perito médico en el ámbito de la Jurisdicción 02 —Poder Judicial de Entre Ríos—, con categoría equivalente a Oficial Superior de Primera, destinados a integrar el Cuerpo Especializado de Profesionales Médicos”.
Según informó la agencia APF, el nuevo organismo tendrá sede en Paraná y competencia en todo el territorio provincial. Sus miembros serán seleccionados por concurso público de antecedentes y oposición, revistando en la nómina del Poder Judicial con sueldo fijo y estricta exclusividad: “El desempeño del cargo será incompatible con toda actividad pública o privada que implique superposición horaria, afecte el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas, genere intereses contradictorios con la función pericial o pueda comprometer la independencia o imparcialidad del profesional”.
La norma establece la aplicación obligatoria del baremo oficial para evaluar incapacidades.
En materia recursiva, la iniciativa propone eliminar la obligación exigida al empleador demandado de depositar el monto total de la condena —o trabar embargos— como requisito previo para conceder el recurso de apelación ante la Cámara.
En los fundamentos que acompañan el texto, el Gobierno señala que el esquema actual representa un “requisito netamente económico que, por su naturaleza o magnitud, torne ilusorio el acceso a esa instancia revisora” al diferenciar según la capacidad financiera del recurrente, al tiempo que sostiene que las herramientas cautelares ordinarias resultan suficientes para resguardar la eventual ejecución del fallo.
Fuente: Página Política


